La ley de dependencia reconoce el derecho a recibir apoyo cuando una persona no puede realizar por sí sola las actividades básicas de la vida diaria. Da acceso tanto a servicios como a prestaciones económicas.
Los grados
Tras una valoración se asigna un grado: moderada, severa o gran dependencia. El grado determina la intensidad de los servicios y la cuantía de las prestaciones.
La valoración la realiza un profesional en el domicilio, mediante un baremo estatal.
Qué se puede obtener
Servicios, que tienen prioridad legal: ayuda a domicilio, centro de día, teleasistencia, atención residencial.
Prestación económica vinculada al servicio, cuando la administración no puede ofrecer el servicio y se contrata en el ámbito privado.
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar, cuando quien atiende es un familiar. Tiene carácter excepcional pero es muy utilizada.
Prestación de asistencia personal, para apoyar la autonomía y el acceso al empleo o la educación.
El convenio de cuidadores no profesionales
Un aspecto poco conocido: el familiar que cuida puede suscribir un convenio especial con la Seguridad Social que le permite cotizar durante ese periodo, con las cuotas a cargo de la administración.
Esto evita lagunas de cotización a personas que dejan de trabajar para cuidar, con efecto directo sobre su futura pensión.
El procedimiento
La solicitud se presenta en los servicios sociales del municipio o en el órgano autonómico competente. Después llega la valoración, la resolución de grado y, por último, el programa individual de atención que concreta el servicio o la prestación.
Los plazos reales son largos y varían mucho entre comunidades autónomas. La ley prevé retroactividad en determinados supuestos, lo que hace importante conservar la fecha de registro de la solicitud.
Qué aportar
Informe de salud emitido por el médico del sistema público, documentación de identidad, certificado de empadronamiento y documentación económica.
El informe de salud es determinante: cuanto más detallado sea respecto a las limitaciones funcionales concretas, más ajustada será la valoración.
Si el grado no se corresponde
Se puede recurrir la resolución. También se puede solicitar una revisión si la situación empeora, y esto es especialmente relevante en enfermedades progresivas.
Las asociaciones de pacientes y los trabajadores sociales del centro de salud asesoran gratuitamente en estos trámites.
