La prestación contributiva por desempleo se calcula sobre lo cotizado, no sobre el salario neto. Conocer el mecanismo permite detectar errores y evitar perder días de derecho.
Requisitos
Haber cotizado un mínimo de días en los últimos seis años, estar en situación legal de desempleo, estar inscrito como demandante y suscribir el compromiso de actividad.
La baja voluntaria no da derecho a la prestación contributiva, salvo excepciones tasadas. El despido, el fin de contrato y el despido en periodo de prueba sí.
La duración
Depende de los días cotizados: a más cotización, más duración, con un tope máximo. Los periodos ya consumidos en prestaciones anteriores no vuelven a computar.
Si no llegas al mínimo para la contributiva, existen subsidios asistenciales con requisitos distintos, entre ellos el subsidio por agotamiento y el de mayores de cierta edad.
La cuantía
Se calcula sobre la base reguladora de los últimos meses cotizados, con un porcentaje que se reduce a partir de cierto momento de la prestación. Hay topes mínimos y máximos que varían según se tengan o no hijos a cargo.
De la prestación se descuenta la parte de cotización a la Seguridad Social que corresponde al trabajador y la retención de IRPF cuando procede.
El plazo que se pierde con más frecuencia
La solicitud debe presentarse en los quince días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo. Presentarla más tarde no anula el derecho, pero se pierden los días transcurridos, que no se recuperan.
Es la pérdida más habitual y la más evitable.
Compatibilidad con trabajo
Trabajar a tiempo parcial permite compatibilizar parte de la prestación. También se puede suspender la prestación al encontrar empleo y reanudarla después si el contrato termina, conservando el derecho restante.
Rechazar un contrato corto por miedo a perder el paro suele ser un error de cálculo.
El pago único
Quien vaya a iniciar una actividad por cuenta propia o entrar en una cooperativa puede solicitar el abono acumulado de la prestación pendiente para financiar la inversión inicial.
Debe pedirse antes de iniciar la actividad, nunca después.
Qué revisar siempre
Comprueba en tu informe de vida laboral que constan todos los periodos, incluidos los contratos cortos y el trabajo temporal. Una empresa que no comunicó la baja correctamente reduce tu prestación de forma directa.
Los errores se corrigen, pero solo si se detectan.
